El Derecho Administrativo sufre una cierta esquizofrenia en cuanto en vía administrativa (procedimiento) el mes de Agosto es hábil a efectos de cómputo de plazos con la salvedad de domingos y festivos oficiales (art.43.4 Ley 30/1992), mientras que en vía contencioso-administrativa (proceso) el mes de Agosto es inhábil a efectos del cómputo de plazos con la salvedad del proceso especial para tutela de derechos fundamentales ( art.128 Ley 13/98 Reguladora de lo Contencioso).
El problema radica en cómo calificar el punto de encuentro o desembocadura del río administrativo en el océano contencioso-administrativo, o sea el plazo de dos meses para interponer recurso contencioso-administrativo contra las Resoluciones expresas ( ya que sabemos que contra las presuntas el plazo es indefinido por obra de nuestro Tribunal Constitucional).
Y es que mientras no se agote dicho plazo, el acto administrativo no es firme por no haberse agotado los plazos para recurrir, y puede decirse gráficamente que el procedimiento administrativo “está vivo”; de igual modo en dicho plazo el proceso contencioso-administrativo no nacerá hasta que el particular formule la demanda o interponga el recurso. O sea, un plazo singular pues el procedimiento no se fue y el proceso no arrancó.
Pues bien, ese plazo es procesal y como tal se beneficia de la regla general del mes de agosto como “tregua” en la que no corre el plazo para recurrir.

Ahora bien, el interés actual de estas cuestiones de plazos radica en que en estas fechas ( finales de Julio) asistimos a una sistemática y frecuente publicación en el BOE de acuerdos de órganos administrativos que, en relación con procedimientos selectivos ( convocatorias de oposiciones, concursos y concurso-oposiciones) disponen por Resolución administrativa, como la Orden del Ministerio de Hacienda de 22 de Julio de 2014, que “se declara inhábil el mes de Agosto a efectos de plazos en las pruebas selectivas correspondientes a las ofertas de empleo público de 2012 y 2013” ( BOE del 25). Veamos alguna interesante reflexión al respecto.
Publicado en blog sevach